¿Se dañó o se perdió su carro al dejarlo en un parqueadero?: esto puede hacer

Tenga en cuenta que una vez usted notifique por escrito al establecimiento sobre los hechos, deben responder en los 15 días hábiles siguientes.

Hace varios años se implementó en Bogotá la prohibición del estacionamiento en las calles y bahías, desde entonces muchos lotes vacíos han sido convertidos en parqueaderos, debido a la alta demanda.

Sin embargo, algunos de ellos no cumplen con las exigencias legales. Por ejemplo, no cuentan con los requisitos necesarios para respaldar a los clientes contra robos o daños a los vehículos estacionados.

En general, en todo el país se pide a quienes son dueños de estos establecimientos 
que se presente un estudio de uso del suelo, registro de Cámara y Comercio y, más crucial aún, una póliza de seguro extracontractual.

Justamente, esta póliza tiene como propósito indemnizar al usuario por daños sufridos por su vehículo, cuando se presente el caso. 

De acuerdo con el proyecto 022 de 2005, todos los establecimientos que ofrezcan el servicio de estacionamiento deben contar con una póliza de responsabilidad civil  extracontractual por mínimo 20 millones de pesos. Sin embargo, cuando esta ley entró en vigor muy pocos parqueaderos en Bogotá estaban asegurados. 

Actualmente, la póliza de responsabilidad civil es obligatoria para todo tipo de parqueaderos. 

Por esto, cuando usted vaya a dejar su carro en alguno de estos establecimientos, asegúrese de que le ofrezcan garantías en caso de que ocurra algún accidente o incidente. 

Ahora bien, en caso de que se pierda su carro o que al retirarlo esté estrellado, golpeado, abollado, rayado, algún vidrio roto, entre otras posibilidades, le compartimos algunas claves para que pueda actuar inmediatamente. 

Lo que puede hacer si dañan o pierden su carro 

Según el Ministerio de Justicia, si un bien que ha sido dejado en custodia en un parqueadero resulta afectado, se pueden emplear mecanismos legales para que el responsable del establecimiento asuma las pérdidas y daños.

para ello, lo primero que debe hacer es presentar una reclamación por escrito en la oficina del parqueadero o la administración, detallando cómo ocurrieron los hechos y destacando el estado en que se dejó el vehículo.

Después de esto, el establecimiento tiene 15 días hábiles para responder a la solicitud. En caso de que no se llegue a ningún acuerdo, diríjase al juzgado más cercano y presente una demanda. En este punto, el juez determinará la responsabilidad de las partes.

Adicionalmente, puede presentar una queja en la página de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para aplicar sanciones en caso de responsabilidad del parqueadero, pues según el artículo 43 del decreto 3466 de 1982, la entidad es a que debe ejercer el control y vigilancia de quienes prestan este tipo de servicios e imponer multas en caso de violación de las normativas.

Sin embargo, es importante aclarar que la SIC no resuelve conflictos administrativos ni recibe demandas en caso de robo o daños a vehículos.

Recuerde, la Secretaría de Tránsito determina la responsabilidad de las partes, ya que dentro de los parqueaderos rigen las leyes igual que en las calles de la ciudad.

Por último, tenga en cuenta que si el daño es causado por otro vehículo y es un asunto comprobable, el parqueadero actúa como mediador.}

Por: PORTAFOLIO

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