Abren investigaciones contra dos plataformas de créditos en línea.

Celulares.

La SIC revisa presuntas violaciones de los derechos de los consumidores y el régimen de datos personales.

La Superintendencia de Industria y Comercio abrió investigaciones administrativas en contra de Construir Comundo S.A.S, operadora de las aplicaciones de créditos en línea EastBay y Popcash por presuntas infracciones al régimen de datos personales y violaciones a los derechos de los consumidores.

La SIC recogió varias denuncias, según las cuales las aplicaciones estarían cometiendo abusos a la hora de hacer cobros y no serían claras en la información suministrada a sus clientes. A continuación algunas de las quejas.

INFORMACIÓN PRESUNTAMENTE ENGAÑOSA. Según la SIC, se evidencia que la información que presentan estas plataformas carece de claridad, veracidad y precisión, respecto del plazo en el que se debe realizar el pago de la operación de crédito otorgada a través de las aplicaciones.

– Falla de calidad de servicio: se investiga la presunta exigencia en el pago de la obligación crediticia antes de la fecha de vencimiento informada y ejecuta un proceso de cobro impetuoso y agresivo, con presuntas amenazas y difundiendo la información del crédito con los conocidos de los consumidores y por desembolsar una suma de dinero inferior al valor aprobado.

– Cláusulas abusivas. También se tratará de determinar si hay abusos en los “Términos y condiciones generales del uso de la aplicación”. Hay denuncias de que las cláusulas limitan la responsabilidad del proveedor de las obligaciones que por Ley le corresponde, al presumir la renuncia de los derechos de los consumidores establecidos en la Ley y por trasladar al consumidor la responsabilidad del proveedor.

– No contar con mecanismos de atención de PQRS. Las aplicaciones tampoco disponen de mecanismos para que los consumidores puedan radicar sus peticiones, quejas y reclamos, de tal manera que les quede constancia de la fecha y hora de radicación y un mecanismo para su seguimiento, ni de un enlace visible para que los consumidores puedan ingresar a la página de la autoridad de protección al consumidor de Colombia.

– No atender los requerimientos de información realizados por la Autoridad, lo cual podría configurarse como una presunta trasgresión a las órdenes impartidas por la Superintendencia en ejercicio de sus funciones y facultades.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Además la SIC evidenció, de manera preliminar, que mediante estas aplicaciones se recolectaron datos personales de carácter sensible al momento de la solicitud de créditos digitales, sin presuntamente contar con la autorización previa y expresa de los ciudadanos y sin que se les informara las finalidades específicas para las cuales se recolectaron sus datos y los derechos que les asisten en virtud de dicha autorización, en los términos señalados por la Ley 1581 de 2012.

Por: PORTAFOLIO

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