Papas fritas, embutidos y gaseosas, entre los productos que tendrían nuevo impuesto.
La nueva reforma tributaria busca gravar las bebidas azucaradas y los alimentos ultraprocesados. Acá el listado.
Una ambiciosa reforma tributaria, que apunta a recaudar $25 billones, es la primera apuesta del gobierno de Gustavo Petro. Este lunes, el ministro de Hacienda, José Antonio Ocampo, radicó ante el Congreso esta nueva iniciativa con la que se espera consolidar el ajuste fiscal, así como contribuir a la igualdad y la justificia social.
Son varios los nuevos impuestos, así como los cambios que trae este iniciativa. En general, Ocampo ratificó que habrá un impuesto al patrimonio, un impuesto de 10% a las exportaciones de petróleo, carbón y oro, y un nuevo tributo para las bebidas azucaradas y alimentos ultraprocesados.
De acuerdo con el Ministerio de Hacienda, Colombia es uno de los pocos países de la región que no ha implementado este tipo de impuestos a estas bebidas y alimentos, que, según los estudios internacionales, tienen efectos negativos sobre la salud de los
colombianos.
De esta manera se confirmó que las bebidas azucaradas se gravarían en función del contenido de azúcar en gramos por cada 100 mililitros de bebida. El Gobierno estima alcanzar los $1.02 billones con este impuesto.
Asimismo, explicaron que se propone una tarifa del 10% (ad valorem) para embutidos, dulces, snacks y polvos para preparaciones. En total, el recaudo proyectado asciende a los $1.09 billones.
Listado de bebidas que se gravarían:
- Bebidas a base de fruta en cualquier concentración
- Zumos
- Néctares de fruta
- Mezclas en polvo
- Bebidas azucaradas (gaseosas)
- Bebidas energizantes
- Bebidas deportivas
- Refrescos
- Aguas endulzadas o saborizadas
- Bebidas a base de malta
Listado de alimentos:
- Carne y despojos comestibles, salados o en salmuera, secos o ahumados; harina y polvo comestibles, de carne o de despojos
- Embutidos y productos similares de carne, despojos o sangre; preparaciones alimenticias a base de estos productos.
- Papas fritas
- Patacones
- Chicharrones empacados
- Snacks o pasabocas empacados
- Galletas dulces (con adición de edulcorante)
- Barquillos y obleas, incluso rellenos (gaufrettes, wafers) y wafles (gaufres)
- Ponqués y tortas
- Bizcochos y pasteles de dulce
- Merengues
- Cacao en polvo con adición de azúcar u otro edulcorante
- Confites de chocolate
- Helados, incluso con cacao
- Artículos de confitería sin cacao (incluido el chocolate blanco)
- Manjar blanco o dulce de leche
- Salsas y sopas
- Cereales
Es de resaltar que en el texto se confirma que no generarán este impuesto las exportaciones de los productos comestibles previamente señalados.
Por: FORBES